Un proyecto de ley en trámite plantea reglas para trasladar festivos que hoy caen en domingo o en días específicos, y modificaría la forma en que se contabilizan días no laborables y vencimientos administrativos. La iniciativa, presentada a consideración del Congreso, propone criterios sobre qué festivos podrían moverse y desde cuándo aplicarían los cambios. Si avanza, impactaría el calendario laboral, los plazos legales que vencen en días festivos y la programación de actividades del sector público y privado.
Qué propone el proyecto de ley y su alcance temporal
El texto del proyecto —tal como fue divulgado por fuentes legislativas y documentos de ponencia— establece un marco para trasladar determinados festivos al lunes inmediato siguiente cuando coincidan con domingo o con días entre semana específicos. La norma apunta a homogeneizar puentes y facilitar la planificación turística y laboral, pero su alcance dependerá de las reglas de vigencia que fije el propio texto: si la norma dispone aplicación inmediata tras su sanción presidencial o si establece una vigencia a partir del siguiente año calendario.
El proyecto distingue entre tres categorías de festivos: festivos de conmemoración religiosa de carácter móvil, festivos conmemorativos que tienen día fijo por ley y feriados con disposición expresa de no traslado. Para cada categoría propone criterios distintos de traslado, notificación y compensación de jornadas laborales cuando proceda el cambio.
Impacto en el calendario laboral: ejemplos concretos usando los feriados oficiales
Para entender el alcance práctico conviene comparar con el calendario de feriados nacionales vigente. Tomando las listas oficiales publicadas para 2026 y 2027, el proyecto podría afectar la ubicación de algunos días cuando la regla aplicable sea el traslado al lunes siguiente.
Ejemplos concretos sobre las listas oficiales:
- Si la norma obliga a trasladar festivos que caen en domingo, en 2026 no hay festivos nacionales en las listas que consten ese día de la semana (según el calendario verificado). En 2027, por el contrario, algunos feriados caen en fin de semana: por ejemplo, 1 de enero de 2027 es viernes y 25 de diciembre de 2027 es sábado; la aplicación práctica dependería del criterio del proyecto sobre sábados y domingos.
- Feriados fijos como el 20 de julio (Declaración de la Independencia) están definidos por ley. El proyecto, según su redacción propuesta, requeriría una disposición expresa para habilitar su traslado; es decir, no todos los festivos serían automáticamente movibles.
Fechas concretas y cómo quedarían según el mecanismo de traslado
La incertidumbre clave para empresas, entidades públicas y ciudadanos es saber qué fechas concretas podrían dejar de ser las que aparecen hoy en los calendarios oficiales. A continuación se listan los feriados nacionales oficiales de 2026 y 2027 —tal como constan en las fuentes oficiales internas— para que el lector compare con la propuesta de traslado y evalúe posibles cambios.
| Fecha | Día de la semana | Festividad | Observación |
|---|---|---|---|
| 1 de enero | jueves | Año Nuevo | 2026 |
| 12 de enero | lunes | Día de los Reyes Magos | 2026 |
| 23 de marzo | lunes | Día de San José | 2026 |
| 2 de abril | jueves | Jueves Santo | 2026 |
| 3 de abril | viernes | Viernes Santo | 2026 |
| 1 de mayo | viernes | Primero de Mayo | 2026 |
| 18 de mayo | lunes | Ascensión del señor | 2026 |
| 8 de junio | lunes | Corpus Christi | 2026 |
| 15 de junio | lunes | Sagrado Corazón | 2026 |
| 29 de junio | lunes | San Pedro y San Pablo | 2026 |
| 20 de julio | lunes | Declaracion de la Independencia de Colombia | 2026 |
| 7 de agosto | viernes | Batalla de Boyacá | 2026 |
| 17 de agosto | lunes | La Asunción | 2026 |
| 12 de octubre | lunes | Día de la Raza | 2026 |
| 2 de noviembre | lunes | Dia de los Santos | 2026 |
| 16 de noviembre | lunes | Independencia de Cartagena | 2026 |
| 8 de diciembre | martes | La Inmaculada Concepción | 2026 |
| 25 de diciembre | viernes | Navidad | 2026 |
| 1 de enero | viernes | Año Nuevo | 2027 |
| 11 de enero | lunes | Día de los Reyes Magos | 2027 |
| 22 de marzo | lunes | Día de San José | 2027 |
| 25 de marzo | jueves | Jueves Santo | 2027 |
| 26 de marzo | viernes | Viernes Santo | 2027 |
| 1 de mayo | sábado | Primero de Mayo | 2027 |
| 10 de mayo | lunes | Ascensión del señor | 2027 |
| 31 de mayo | lunes | Corpus Christi | 2027 |
| 7 de junio | lunes | Sagrado Corazón | 2027 |
| 5 de julio | lunes | San Pedro y San Pablo | 2027 |
| 20 de julio | martes | Declaracion de la Independencia de Colombia | 2027 |
| 7 de agosto | sábado | Batalla de Boyacá | 2027 |
| 16 de agosto | lunes | La Asunción | 2027 |
| 18 de octubre | lunes | Día de la Raza | 2027 |
| 1 de noviembre | lunes | Dia de los Santos | 2027 |
| 15 de noviembre | lunes | Independencia de Cartagena | 2027 |
| 8 de diciembre | miércoles | La Inmaculada Concepción | 2027 |
| 25 de diciembre | sábado | Navidad | 2027 |
Cómo afectaría a plazos administrativos, tributarios y judiciales
Un cambio en la ubicación de días no laborables tiene efectos directos en los plazos: vencimientos de trámites, presentación de recursos, términos judiciales y calendarios tributarios se miden respecto a días hábiles o no hábiles. El proyecto tiene secciones que requieren coordinación con entidades como la DIAN, la Registraduría y el Consejo Superior de la Judicatura para evitar vacíos legales o conflictos de interpretación.
Para los plazos tributarios y regulatorios, el sector público suele emitir calendarios anuales con fechas de vencimiento. Si un festivo se traslada, la autoridad competente debería publicar con antelación los ajustes y decidir si traslada el vencimiento al próximo día hábil o mantiene la fecha original insensible al cambio. En su redacción actual, el proyecto obliga a las autoridades regulatorias a emitir circulares de ajuste dentro de un plazo determinado tras la sanción de la ley.
Qué deben hacer ya empresas y ciudadanos para adaptarse
Aunque la ley no esté sancionada, las empresas y las entidades públicas pueden anticipar medidas prácticas: revisar contratos con cláusulas sobre días hábiles, actualizar calendarios internos, y comunicar con antelación a clientes y empleados los posibles cambios en jornadas. Los profesionales de recursos humanos y los departamentos legales deberían evaluar cláusulas de compensación de jornada y revisiones de nómina que contemplen desplazamientos de festivos.
Para trámites y vencimientos importantes, la recomendación prudente es seguir el calendario oficial vigente hasta que una ley sancionada y su correspondiente reglamentación establezcan la nueva ubicación de los días no laborables. El portal mantiene guías y calendarios actualizados —por ejemplo el análisis de festivos restantes— y publicará las correcciones necesarias cuando la ley sea aprobada.
Posibles efectos secundarios y debates que acompañan al proyecto
Los críticos del traslado aducen que mover festivos puede diluir el significado histórico o religioso de ciertas fechas, además de crear incertidumbre en algunas actividades que dependen del día específico (ceremonias, conmemoraciones institucionales). Los defensores sostienen que los traslados fomentan el turismo nacional y facilitan la logística empresarial.
Desde la perspectiva legal, el principal debate será si la norma permite la modificación por decreto reglamentario o exige una ley orgánica para ciertos feriados. El impacto sobre derechos laborales (pago de horas extras, recargo nocturno, días de descanso compensatorio) será objeto de estudio en las comisiones legislativas y en la reglamentación posterior.
Calendarios oficiales y enlaces de referencia
La aprobación del proyecto requeriría que las entidades oficiales actualicen sus calendarios anuales. Mientras tanto, los lectores pueden consultar el calendario 2026 de Colombia para las fechas vigentes y el calendario 2027 para la planificación del próximo año. También es relevante el material explicativo sobre el traslado de festivos publicado anteriormente en el portal: traslado de festivos que caen domingo, que detalla criterios y precedentes.
Seguiremos la tramitación en las comisiones competentes y actualizaremos los calendarios y guías prácticas una vez la ley avance o sea sancionada. Mientras tanto, la recomendación para empleadores, administraciones y ciudadanos es revisar contratos y calendarios internos y mantenerse atentos a las circulares oficiales que definan la aplicación práctica de cualquier cambio.
[pauta imagen: fotografía horizontal de una oficina de planificación laboral con calendario de pared marcando feriados, personas revisando documentos y un letrero que diga "traslado de festivos" —texto ALT: proyecto de ley traslado de festivos calendario laboral]También te puede interesar
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