Un proyecto de ley busca crear un nuevo festivo nacional
El Congreso de la República recibió recientemente un proyecto de ley que propone la creación de un nuevo festivo nacional. El texto del proyecto, radicado en la Secretaría del Congreso y en trámite legislativo, plantea alternativas sobre la fecha y la forma de trasladar el día al calendario laboral; la iniciativa aún debe superar comisiones y plenarias antes de que pueda convertirse en ley y definir desde cuándo aplicaría el nuevo día libre en Colombia.
La propuesta coincide con debates recurrentes sobre la duración del calendario de días festivos en el país y llega en un momento en que distintos sectores —academia, comercio y asociaciones ciudadanas— han expresado posiciones contrapuestas sobre el impacto económico y social de sumar una jornada de descanso en el calendario laboral.
Qué propone el proyecto y qué aspectos quedan por decidir
El proyecto registra en su articulado dos decisiones que corresponden al ámbito del legislador: definir la fecha exacta del nuevo festivo y establecer su vigencia temporal (si aplica desde el año siguiente a la sanción o desde una fecha específica fijada por el mismo texto). El documento también plantea dos mecanismos posibles para incorporar el festivo al calendario laboral: fijarlo en una fecha concreta del año o establecer que el día se traslade al lunes más cercano, como ocurre con varios feriados actuales.
Es importante subrayar que, a la fecha de publicación, el Congreso no ha aprobado la iniciativa y no hay una fecha oficial de sanción presidencial. Por tanto, la entrada en vigencia del nuevo festivo dependerá de la tramitación parlamentaria, la votación final y la eventual promulgación por el Presidente de la República.
Posibles fechas planteadas y los argumentos a favor y en contra
El texto del proyecto, tal como fue radicado, incluye tres alternativas de fecha que actualmente están en discusión entre los proponentes y en audiencias públicas informales: una fecha ligada a una conmemoración histórica local, una fecha religiosa y una fecha con intención de crear un puente largo para fomentar el turismo interno.
Argumentos a favor que han circulado en documentos de apoyo y comunicados de sectoriales incluyen: fortalecer identidades regionales si el festivo recuerda un hecho histórico, apoyar el turismo y el comercio en temporadas bajas mediante puentes planificados, y reconocer tradiciones culturales o religiosas con carácter nacional. Entre los argumentos en contra se citan posibles costos operativos para empresas (pago de horas extraordinarias, cierre de servicios), la presión sobre ya ajustados calendarios académicos y el riesgo de aumentar la informalidad en sectores que aprovechan los feriados para reducir jornadas laborales sin garantías.
Los congresistas proponentes han invocado además precedentes legislativos recientes donde se optó por trasladar feriados al lunes para facilitar la movilización y la actividad turística; sin embargo, la decisión final sobre si el día sería móvil o fijo todavía no consta en un texto definitivo sometido a votación.
Impacto potencial sobre el calendario laboral y el número de festivos
Si el proyecto prospera, el número anual de festivos nacionales aumentaría en uno. Actualmente el calendario oficial registra 18 feriados nacionales para 2026 y 18 para 2027; sumar un festivo modificaría este cómputo a partir del año en que la ley entre en vigencia. La alteración del calendario tiene efectos directos en planificación de empresas, comercio y entidades públicas, y también en la programación de vacaciones escolares y actividades administrativas.
Para los hogares, un nuevo festivo puede representar un día adicional de descanso o un puente potencial si la normativa opta por trasladarlo a lunes. Para empresas y el sector de servicios, la medida suele traducirse en ajustes en nómina y horarios; para la administración pública, en cambios en los calendarios de atención ciudadana que deben publicarse una vez la ley esté vigente.
En términos numéricos, sumar un feriado eleva el total anual en aproximadamente un 5,5% si se parte de 18 días. En sectores que dependen de la continuidad operativa (transporte, salud, producción) ese incremento se traduce en mayores costos por recargos de festivo o reprogramación de turnos; en cambio, en el sector turismo y hotelero suele observarse un repunte en ocupación y demanda de servicios cuando el feriado genera un puente.
Fechas actuales del calendario nacional que sirven de referencia
Mientras avanza la tramitación, resulta útil comparar el inventario vigente de festivos nacionales con la hipótesis de un día adicional. A continuación se listan los feriados oficiales conocidos para 2026 y 2027, tal y como están registrados en el calendario nacional:
| Fecha | Día de la semana | Feriado 2026 |
|---|---|---|
| 1 de enero | jueves | Año Nuevo |
| 12 de enero | lunes | Día de los Reyes Magos |
| 23 de marzo | lunes | Día de San José |
| 2 de abril | jueves | Jueves Santo |
| 3 de abril | viernes | Viernes Santo |
| 1 de mayo | viernes | Primero de Mayo |
| 18 de mayo | lunes | Ascensión del señor |
| 8 de junio | lunes | Corpus Christi |
| 15 de junio | lunes | Sagrado Corazón |
| 29 de junio | lunes | San Pedro y San Pablo |
| 20 de julio | lunes | Declaracion de la Independencia de Colombia |
| 7 de agosto | viernes | Batalla de Boyacá |
| 17 de agosto | lunes | La Asunción |
| 12 de octubre | lunes | Día de la Raza |
| 2 de noviembre | lunes | Dia de los Santos |
| 16 de noviembre | lunes | Independencia de Cartagena |
| 8 de diciembre | martes | La Inmaculada Concepción |
| 25 de diciembre | viernes | Navidad |
| Fecha | Día de la semana | Feriado 2027 |
|---|---|---|
| 1 de enero | viernes | Año Nuevo |
| 11 de enero | lunes | Día de los Reyes Magos |
| 22 de marzo | lunes | Día de San José |
| 25 de marzo | jueves | Jueves Santo |
| 26 de marzo | viernes | Viernes Santo |
| 1 de mayo | sábado | Primero de Mayo |
| 10 de mayo | lunes | Ascensión del señor |
| 31 de mayo | lunes | Corpus Christi |
| 7 de junio | lunes | Sagrado Corazón |
| 5 de julio | lunes | San Pedro y San Pablo |
| 20 de julio | martes | Declaracion de la Independencia de Colombia |
| 7 de agosto | sábado | Batalla de Boyacá |
| 16 de agosto | lunes | La Asunción |
| 18 de octubre | lunes | Día de la Raza |
| 1 de noviembre | lunes | Dia de los Santos |
| 15 de noviembre | lunes | Independencia de Cartagena |
| 8 de diciembre | miércoles | La Inmaculada Concepción |
| 25 de diciembre | sábado | Navidad |
Cómo afectaría el calendario escolar y los plazos administrativos
Un nuevo festivo puede modificar el calendario escolar que fija el Ministerio de Educación y repercutir en el inicio y cierre de periodos lectivos. Si la ley entra en vigencia antes del calendario académico, el Ministerio podría ajustar días efectivos de clase o redistribuir jornadas, en coordinación con secretarías de educación territoriales.
En materia de trámites y vencimientos administrativos, la suma de un festivo implica la obligación de recalcular plazos. Entidades como la DIAN o la Registraduría suelen publicar circulares sobre la forma en que se trasladan los vencimientos cuando se adiciona o cambia un día festivo; por ejemplo, la DIAN ha modificado calendarios en el pasado cuando hay cambios normativos en plazos tributarios. Para detalles sobre calendarios de vencimientos y atención, consulte el calendario 2026 de Colombia en nuestra página principal: calendario 2026 de Colombia.
Como ejemplo práctico, si un vencimiento tributario cae en el nuevo festivo, la norma general en la práctica administrativa es que el plazo se corra al siguiente día hábil, salvo disposición expresa en contrario. Lo mismo aplica para notificaciones y términos procesales: los despachos judiciales y administrativos deben ajustar sus cómputos a la nueva realidad del calendario una vez la ley entre en vigor y la Corte o los órganos competentes publiquen los criterios de cómputo.
Trámite legislativo: pasos que faltan y plazos estimados
Tras la radicación, el proyecto de ley debe seguir el procedimiento ordinario: asignación a comisión, debate en comisión, ponencia, votación en plenaria de la cámara de origen, envío a la otra cámara, repetición del trámite y, si es aprobado, sanción presidencial. En cada una de estas etapas existen plazos internos que dependen del orden del día y la priorización por parte de las mesas directivas.
Hasta que el texto no avance en comisiones y no se publique una ponencia con las enmiendas concretas, no es posible afirmar con certeza la fecha que finalmente propondrá la ley ni la vigencia. Por eso, la confirmación sobre cuándo aplicaría el festivo —si desde la vigencia inmediata tras la sanción o desde una fecha específica del calendario siguiente— solo será posible cuando el proyecto sea aprobado y reglamentado.
En tramitaciones comparables, la tramitación completa puede tardar desde semanas (si el proyecto recibe trámite urgente y consenso) hasta varios meses o más de un año, si el tema genera debate amplio y requiere conciliación entre cámaras. Los interesados deben vigilar el boletín de la Cámara y el Senado y las agendas de comisiones constitucionales y laborales, según corresponda.
Qué deben esperar empleadores y ciudadanos mientras avanza la iniciativa
Empresas, cámaras de comercio y sindicatos suelen seguir la tramitación para prepararse ante un posible cambio. Mientras el proyecto esté en trámite, lo recomendable es que empleadores incorporen escenarios en su planificación de nómina y operación: uno en el que la ley no prospere y otro en que sí prospere, con la necesidad de ajustar horarios y pago de trabajo en día festivo.
Los ciudadanos interesados en el seguimiento del proyecto pueden consultar el estado del trámite en la página del Congreso y en los boletines de las comisiones. En tanto, nuestro portal ofrece guías relacionadas con el calendario nacional y las implicaciones de los días festivos; por ejemplo, puede ampliar información sobre la dinámica de puentes y días libres en la pieza ¿Cuándo es el próximo puente largo en Colombia y qué días libres debes reservar? y revisar la guía de noviembre: calendario de noviembre.
Implicaciones prácticas para trabajadores y sectores específicos
Para trabajadores formales regidos por el Código Sustantivo del Trabajo, el reconocimiento de un nuevo festivo implicaría, en principio, el pago ordinario si el empleado no labora y recargos si presta servicio en esa jornada. En el sector salud, transporte público y servicios esenciales suele aplicarse regulación especial para garantizar la continuidad operativa; esto significa que centros hospitalarios y operadores de transporte mantendrán planes de turnos y, por ende, costos adicionales por horas nocturnas o dominicales y festivos.
En el comercio minorista y el turismo, el calendario podría reconfigurar campañas de ventas y de promoción. Las cámaras de comercio locales suelen publicar simulaciones de impacto cuando se anuncian modificaciones al calendario: desde incrementos en la ocupación hotelera en destinos turísticos regionales hasta ajustes logísticos en cadenas de abastecimiento que deben anticipar cierres o días de alta demanda.
Comparativa internacional sobre añadir días festivos
Países de la región que han incorporado festivos recientemente suelen hacerlo mediante leyes que fijan fecha y vigencia. En México, por ejemplo, la Ley Federal del Trabajo enumera los días de descanso obligatorio y actualizaciones posteriores han agregado o modificado algunos. En España y varios países europeos, la decisión de añadir días festivos tiende a acompañarse de estudios de impacto económico y social que evalúan productividad y consumo.
La evidencia internacional muestra que el efecto económico neto depende del perfil de la economía: en economías con fuerte peso del sector servicios y consumo interno, algunos feriados bien ubicados pueden impulsar la actividad turística; en economías de alta intensidad manufacturera, los costos por interrupciones pueden superar los beneficios locales. Estos parámetros son los que suelen mencionar académicos y cámaras sectoriales en debates públicos sobre el tema.
Aspectos jurídicos sobre cómo se incorporan oficialmente los festivos
Desde el punto de vista jurídico, la creación de un festivo nacional requiere ley del Congreso publicada en el Diario Oficial y, en su caso, la expedición de actos administrativos o circulares de entidades que deben adaptar sus calendarios internos. La jurisprudencia sobre cómputo de términos y efectos de feriados es clara en que solo la ley puede crear o suprimir un día festivo con efectos generales: decretos y resoluciones no pueden alterar el catálogo legal de festivos nacionales.
Además, cuando la ley establece vigencia diferida (por ejemplo, indicar que aplicará a partir del 1 de enero del año siguiente), las entidades públicas tienen un plazo prudencial para actualizar calendarios de atención y publicar los nuevos cronogramas de servicios, matrículas y plazos. Por ello, buena parte de la atención de administraciones locales y nacionales se centra en el texto final de la norma y en los artículos transitorios que fijen la fecha exacta de aplicación.
Qué seguimiento hará este portal
CalendarioDeColombia.com seguirá la tramitación del proyecto y publicará actualizaciones cuando se registre un avance en comisiones, cuando se presente una ponencia con fecha propuesta o cuando exista una votación en plenaria. Nuestra cobertura priorizará las fechas concretas y la vigencia legal del festivo para que lectores puedan planificar eventos, viajes y trámites con la mayor antelación posible.

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