Plazos tributarios que vencen este trimestre: calendario de declaraciones y pagos
Resumen ejecutivo: qué trimestre cubre esta guía y por qué importa
Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2026 —el último trimestre del año— se concentran plazos que afectan a contribuyentes responsables de retenciones, IVA, impuestos territoriales y obligaciones periódicas de empresas y trabajadores independientes. Este repaso reúne las fechas de calendario relevantes para la planificación fiscal del trimestre, identifica los festivos que pueden modificar vencimientos y explica dónde confirmar los plazos definitivos ante la DIAN y las autoridades locales.
La información está pensada para contadores, responsables financieros de empresas y contribuyentes que deben programar declaraciones y pagos antes de fin de año. Incluye las fechas de los feriados nacionales que pueden trasladar vencimientos, herramientas para comprobar plazos según NIT y recomendaciones prácticas para evitar sanciones por mora.
Fechas clave del trimestre (1 oct – 31 dic 2026)
A continuación, la lista con las fechas del calendario nacional durante el trimestre que más afectan la programación de vencimientos tributarios. Estas son fechas oficiales de feriados nacionales que la autoridad utiliza para calcular traslados y días hábiles:
| Fecha | Día de la semana | Hecho | Impacto tributario habitual |
|---|---|---|---|
| 12 de octubre de 2026 | lunes | Día de la Raza | Puede trasladar vencimientos que caigan en día no laborable |
| 2 de noviembre de 2026 | lunes | Día de los Santos | Modifica cómputo de días hábiles para presentaciones y pagos |
| 16 de noviembre de 2026 | lunes | Independencia de Cartagena | Atención de entidades públicas limitada |
| 8 de diciembre de 2026 | martes | La Inmaculada Concepción | Interrumpe trámites presenciales y puede afectar vencimientos |
| 25 de diciembre de 2026 | viernes | Navidad | Cierre administrativo general |
| 31 de diciembre de 2026 | jueves | Fin del año calendario | Cierre contable y límite interno para ajustes antes de cierre fiscal |
Qué obligaciones tributarias suelen vencer en el trimestre final del año
Los vencimientos concretos dependen de la clasificación del contribuyente (responsable del IVA, agente de retención, régimen simple, persona natural o jurídica), del ciclo de declaración (mensual, bimestral o anual) y del último dígito del NIT para quienes tienen calendario escalonado. No existe un único día aplicable a todos; por eso es clave confirmar los plazos con la DIAN o la entidad territorial correspondiente.
En términos generales, durante el cuarto trimestre suelen concentrarse:
- Declaraciones y pagos del IVA correspondientes al periodo inmediatamente anterior, según el calendario bimestral o mensual del contribuyente.
- Pagos y conciliaciones de retenciones en la fuente practicadas por agentes retenedores en el trimestre.
- Declaraciones informativas y reportes exógenos (cuando corresponden por resolución de la DIAN).
- Obligaciones municipales y departamentales con vencimientos de cobros prediales, industria y comercio o avisos, según ordenanza local.
- Preparación y cierre contable anual antes del 31 de diciembre, con sesiones para provisiones y provisión de impuestos.
Cómo verificar los vencimientos según DIAN y evitar errores por festivos
La DIAN publica cada año un calendario tributario y, además, resoluciones y comunicados que precisan las fechas por último dígito del NIT para declaraciones periódicas. Las autoridades fiscales suelen aplicar las siguientes reglas prácticas:
- Si el vencimiento cae en día no laborable (feriado o fin de semana), el plazo se traslada al siguiente día hábil.
- Para obligaciones fraccionadas por último dígito del NIT, cada contribuyente debe consultar la resolución anual o el calendario publicado en la página oficial de la DIAN.
- Los plazos para declaraciones informativas pueden tener formatos especiales y sanciones por presentación extemporánea que incluyen intereses y multas.
Pasos concretos para confirmar una fecha:
- Consultar la sección de 'Calendario Tributario' en la página de la DIAN o la resolución anual que fija fechas por dígito del NIT.
- Revisar los comunicados de la DIAN publicados en su portal y en el Diario Oficial cuando haya prórrogas o cambios.
- Verificar con el departamento de impuestos del contador o del área financiera las fechas asignadas según el NIT.
Consejos prácticos para programar declaraciones y pagos en el cuarto trimestre
La cercanía del cierre del año obliga a mayor cautela. Recomendamos medidas operativas para evitar sanciones y ventanas de pago con congestión bancaria:
- Programar los pagos en la plataforma de la DIAN con 3 a 5 días hábiles de anticipación para contemplar eventualidades técnicas o demoras bancarias.
- Si su vencimiento coincide con un feriado nacional listado arriba, trate la fecha como si se trasladara al siguiente día hábil y confirme el traslado oficial.
- Conciliar anticipadamente las retenciones en la fuente practicadas durante el trimestre para evitar diferencias que retrasen la declaración.
- Revisar si su municipio publicó obligaciones locales (industria y comercio, avisos) con ordenanzas que establecen plazos distintos a los nacionales.
Herramientas y enlaces útiles para confirmar plazos y trámites
Además de la DIAN, la programación tributaria puede requerir consultar a la entidad territorial o al banco. Para complementar la planificación del cierre trimestral y del último trimestre del año, consulte recursos y guías prácticas del portal:
- Calendario de próximos 90 días y festivos para comprobar feriados que afectan vencimientos.
- Guía de puentes y días no laborables del último trimestre que ayuda a estimar traslados de fechas.
- Para una visión general del año y planificar con antelación, visite el calendario 2026 de Colombia donde se resumen los feriados y periodos relevantes.
Implicaciones prácticas: sanciones, intereses y solicitud de prórrogas
El incumplimiento de plazos tributarios puede generar multas y el cobro de intereses de mora. Dos notas claves:
Primero, la multa por extemporaneidad y el interés de mora se calculan desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago efectivo. Por eso el pago anticipado o la programación automatizada reduce el riesgo de cobros adicionales.
Segundo, la DIAN ocasionalmente habilita prórrogas para determinados vencimientos por causas generales (fenómenos naturales, problemas en servicios electrónicos, etc.). Estas prórrogas siempre se anuncian mediante resolución o comunicado oficial: confirme en la web de la DIAN y conserve el soporte de la convocatoria para efectos de contabilidad y defensa fiscal.
Qué hacer si no puede pagar a tiempo
Si enfrenta iliquidez o imposibilidad de pago en la fecha, analice con su asesor las alternativas legales:
- Acuerdos de pago o fraccionamiento ante la DIAN cuando la ley lo permite.
- Solicitud formal de aplazamiento cuando exista fundamento legal y esté previsto en normativa vigente.
- Evaluar el cálculo de intereses y comparar con costo financiero de otras alternativas de liquidez (créditos de corto plazo).
Qué revisar en la agenda interna del área financiera antes del cierre de trimestre
Para cerrar el trimestre sin contratiempos, el equipo financiero debe completar una lista mínima de verificación:
- Conciliación bancaria y comprobación de pagos realizados a la DIAN y entidades territoriales.
- Verificación de registros de retenciones en la fuente y su concordancia con comprobantes emitidos a terceros.
- Actualización de tablas de depreciación, provisiones y activos que inciden en la base gravable.
- Revisión de reportes contables para detectar diferencias que afecten la declaración anual o anticipos.
Dejar estas tareas para los últimos días del trimestre aumenta el riesgo de errores y sanciones, especialmente cuando hay días no laborables en el calendario nacional que reducen la ventana de acción.
Contexto y antecedentes breves
La DIAN y las administraciones locales dividen a los contribuyentes en ciclos que definen la fecha exacta de vencimiento; esos ciclos se publican cada año. Además, la concurrencia de feriados nacionales (12 de octubre, 2 de noviembre, 16 de noviembre y 8 de diciembre, entre otros) obliga a ajustar la programación de vencimientos. Planificar con antelación y confirmar cada fecha en las fuentes oficiales sigue siendo la mejor práctica para evitar sanciones.
Si necesita referencia rápida sobre cómo los festivos afectan el calendario de obligaciones, consulte la guía de puentes del portal y la síntesis de feriados del trimestre enlazadas más arriba.
Últimos pasos recomendados para el contribuyente
1) Revise hoy mismo la resolución de calendario tributario de la DIAN que corresponda a su NIT. 2) Programe pagos con margen de 3–5 días hábiles antes de la fecha asignada. 3) Tenga en cuenta los feriados de octubre a diciembre de 2026 señalados en la tabla y confirme cualquier traslado oficial. 4) Consulte a su contador o al área jurídica ante dudas puntuales o para tramitar acuerdos de pago.
La combinación de planificación, verificación con la DIAN y uso de fechas puente del calendario nacional reduce la probabilidad de sanciones y facilita el cierre fiscal del año.
Nota práctica: los plazos definitivos se publican por la DIAN y, en algunos casos, por las administraciones municipales para tributos locales. Confirme siempre con la fuente oficial antes de presentar y pagar una obligación.
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