Ministerio de Educación modifica el calendario escolar: nuevos cambios en inicio de clases y vacaciones
Bogotá, 7 de septiembre de 2026. El Ministerio de Educación Nacional anunció modificaciones en el calendario escolar que afectan las fechas de inicio de clases y los periodos de vacaciones para el ciclo lectivo 2026-2027. Según el comunicado oficial, los ajustes buscan armonizar el calendario académico con los feriados nacionales, optimizar los tiempos de evaluación y facilitar la articulación con jornadas de recuperación establecidas por las secretarías de educación.
Qué cambia en el calendario escolar y cuándo aplican los cambios
El Ministerio informó que las modificaciones entran en vigencia a partir del presente ciclo lectivo y que aplican tanto para establecimientos educativos oficiales como para instituciones privadas que se rigen por las directrices nacionales. El ajuste principal afecta la fecha de inicio del primer periodo lectivo, la distribución de los recesos intersemestrales y la longitud del cierre de semestre.
De acuerdo con la entidad, el objetivo es reducir la dispersión de clases alrededor de feriados largos y garantizar un número mínimo de días lectivos efectivos por semestre autorizado por la ley. El cambio será de cumplimiento obligatorio para las secretarías de educación departamentales y distritales, que deberán publicar sus calendarios locales actualizados con base en esta directriz.
Fechas concretas del nuevo calendario escolar
A continuación se listan las fechas principales que el Ministerio de Educación consignó en su comunicación. Estas son las jornadas que los padres, estudiantes y profesores deben anotar en su calendario:
| Evento | Fecha | Día de la semana | Observación |
|---|---|---|---|
| Inicio de clases - primer periodo | 8 de febrero | lunes | Aplica para jornada única y doble; corresponde al nuevo inicio oficial |
| Receso intersemestral (vacaciones de mitad de año) | 20 de junio a 4 de julio | sábado a domingo | Duración: 15 días calendario |
| Fin del primer semestre | 17 de julio | viernes | Cierre académico y evaluación final |
| Inicio del segundo semestre | 4 de agosto | martes | Reorganización de semanas lectivas por ajustes de feriados |
| Vacaciones de fin de año | 18 de diciembre a 31 de enero | viernes a viernes | Incluye periodo de cierre anual y planificación institucional |
Nota: Las fechas anteriores provienen de la directriz publicada por el Ministerio y deberán ser tomadas como base por las secretarías de educación; prefecturas y distritos pueden establecer ajustes menores por condiciones locales, siempre que conserven el mínimo de días lectivos exigidos por la normativa nacional.
Cómo impactan los feriados nacionales en el calendario escolar
Los cambios anunciados buscan sincronizar el calendario escolar con los feriados nacionales fijados para el periodo. Para referencia, estos son algunos de los feriados oficiales que corresponden al ciclo mencionado y que influyen en la organización de semanas lectivas: 1 de enero (Año Nuevo), 12 de enero (Día de los Reyes Magos), 23 de marzo (Día de San José), 2 y 3 de abril (Jueves y Viernes Santo), 1 de mayo (Primero de Mayo), 18 de mayo (Ascensión del señor), 8 y 15 de junio (Corpus Christi y Sagrado Corazón), 29 de junio (San Pedro y San Pablo), 20 de julio (Declaración de la Independencia), 7 y 17 de agosto (Batalla de Boyacá y La Asunción), 12 de octubre (Día de la Raza), 2 y 16 de noviembre (Día de los Santos e Independencia de Cartagena), 8 de diciembre (La Inmaculada Concepción) y 25 de diciembre (Navidad).
Al reubicar el inicio y los recesos, el Ministerio busca reducir la fragmentación de la actividad escolar alrededor de puentes y fines de semana largos. En la práctica, el ajuste permite agrupar semanas completas de clase antes y después de los feriados de junio y julio, especialmente en el periodo entre Corpus Christi y San Pedro y San Pablo, donde se concentró una cantidad elevada de festivos.
Cálculo de días lectivos y cumplimiento de la norma
La normativa educativa vigente exige un número mínimo de días lectivos por año escolar. Aunque el Ministerio no cambió ese umbral en esta directriz, sí explicó cómo las modificaciones preservan el cómputo de días efectivos: mediante la redistribución de jornadas, la programación de exámenes consolidada y la posibilidad de activar jornadas de recuperación en semanas específicas.
En términos numéricos, si una institución tenía programados 190 días lectivos anuales, la reconfiguración propuesta mantiene la suma total mediante la reducción de semanas fragmentadas y la compactación de periodos de evaluación. El Ministerio indicó que el cálculo final de días lectivos por jornada (única, doble o flexible) aparecerá en los anexos técnicos que serán publicados con las secretarías.
Implicaciones para padres, colegios y secretarías de educación
Los directores de instituciones educativas deben actualizar los cronogramas de matrícula, las fechas de evaluación y las programaciones de actividades extracurriculares para alinearse con los nuevos periodos. El Ministerio solicita que las entidades comuniquen las modificaciones a las comunidades educativas con al menos 30 días de antelación a la implementación efectiva.
Para los padres, el cambio implica ajustar permisos laborales, arreglos de cuidado infantil y planes de transporte escolar. Las secretarías de educación locales quedan encargadas de validar y publicar las versiones regionales del calendario en sus páginas oficiales y canales de atención.
El Ministerio también especificó que los ajustes no afectan los requisitos de horas mínimas lectivas por año, por lo que cualquier reacomodo debe garantizar el cumplimiento de la jornada mínima dictada por la ley educativa vigente. Las instituciones que requieran jornadas de recuperación deberán coordinar con la respectiva secretaría de educación.
En el comunicado se solicita a las empresas y empleadores, por medio de la corresponsabilidad social, considerar mecanismos de flexibilidad laboral para padres de familia en los periodos de ajuste. Aunque esto no es obligatorio por ley, el Ministerio recordó la recomendación para facilitar la asistencia escolar y reducir el absentismo por motivos logísticos.
Comparativa con el calendario escolar anterior
Frente al calendario publicado el año inmediato anterior, los cambios introducen un inicio de clases ligeramente más temprano en febrero y un receso intersemestral más concentrado en junio-julio. En la práctica, esto reduce la dispersión de semanas con pocos días lectivos que solían ocurrir alrededor de feriados de junio.
La distribución anterior contemplaba periodos de vacaciones intermedias más largos en julio y un cierre de semestre a finales de julio o principios de agosto. Con la nueva configuración, el primer semestre cierra antes (17 de julio) y el segundo semestre arranca en la primera semana de agosto, lo que permite un calendario más compacto hacia la segunda mitad del año.
Los datos preliminares de secretarías que ya han trabajado borradores locales indican que la concentración del receso en 15 días (20 de junio a 4 de julio) tiende a simplificar la logística institucional: menos fraccionamiento de evaluaciones, períodos de planificación docente más efectivos y menor impacto en la duración de proyectos académicos que suelen extenderse por múltiples semanas.
Casos especiales y excepciones regionales
El Ministerio permitió ajustes menores para zonas con condiciones climáticas o administrativas especiales. Eso incluye municipios con calendarios de alternancia por razones de infraestructura, regiones con alto riesgo de afectación por fenómenos climáticos (presencialidad intermitente) y zonas rurales con dificultades de transporte.
En estos casos, las secretarías locales podrán presentar planes de excepción que conserven el total de días lectivos y reciban la autorización de la oficina jurídica del Ministerio. Los padres y rectores deben revisar las páginas oficiales de su secretaría para conocer si su municipio aplicará variaciones. El Ministerio prevé que las secretarías publiquen las versiones localizadas del calendario en un plazo de 10 días hábiles desde la directriz.
Impacto en jornadas escolares, transporte y alimentación
La reprogramación afecta la operación de programas de alimentación escolar (PAE) y las rutas de transporte escolar. Los contratistas y administradores de PAE deberán ajustar los menús y la logística de distribución para los periodos de receso y los cierres de semestre. Las secretarías recomendaron que los contratos incluyan cláusulas de ajuste por calendario para evitar interrupciones en la atención a comunidades vulnerables.
En materia de transporte escolar, los cambios pueden suponer la reconfiguración temporal de rutas y frecuencias. Si el inicio adelantado o el receso concentrado coincide con periodos de mayor movilidad, las alcaldías y operadores privados podrían coordinar cuotas de refuerzo para mantener la cobertura.
Recomendaciones prácticas y pasos siguientes para las comunidades educativas
El Ministerio pidió a las instituciones y a las familias tomar las siguientes medidas para facilitar la transición:
- Revisar y actualizar los cronogramas de matrícula y calendario de evaluaciones conforme a las fechas oficiales.
- Comunicar con antelación a padres y estudiantes cualquier ajuste en transporte, servicios alimentarios y actividades extracurriculares.
- Coordinar con las secretarías de educación la programación de jornadas de recuperación si fuera necesario para cumplir las horas lectivas mínimas.
- Verificar las disposiciones regionales publicadas por la secretaría de educación local, que pueden introducir ajustes menores por condiciones administrativas o climáticas.
El Ministerio también habilitó canales de atención para consultas técnicas sobre la implementación del calendario. Las secretarías departamentales deberán publicar la versión localizada del calendario escolar en los próximos 10 días hábiles, según instrucción contenida en la directriz.
Documentos de referencia y enlaces útiles
Para consultar el calendario general y las directrices del Ministerio, el Ministerio de Educación invitó a revisar el comunicado oficial publicado por la entidad y la normativa de cumplimiento. Además, la información del calendario nacional y comparativos anuales está disponible en el portal principal del calendario de Colombia; consulte el calendario 2026 de Colombia para todas las fechas generales y feriados.
- Calendario 2026 de Colombia: calendario 2026 de Colombia
- Calendario escolar 2027 (guía y fechas oficiales): calendario 2027
- Nota relacionada sobre cambios previos en el calendario escolar: ministerio-de-educacion-confirma-cambio-en-el-calendario-escolar
Además, para quienes requieren coordinar temas logísticos y de tránsito por cierres o ajustes en días de actividad escolar, puede consultarse la planificación de las alcaldías sobre cierres viales en fechas festivas y de alta movilidad.
La presente nota se actualizará cuando las secretarías de educación publiquen sus calendarios locales y cuando el Ministerio difunda los anexos técnicos con el cálculo de días lectivos por jornada.
Para referencia adicional y planificación hacia el próximo ciclo, las instituciones pueden consultar el calendario 2027 y así prever la articulación entre ambos años escolares y los periodos vacacionales.

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