DIAN anuncia nuevo calendario para la declaración de renta y renta de personas naturales
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó este 21 de julio de 2026 un nuevo cronograma oficial para la presentación y el pago de la declaración de renta y complementarios. El anuncio aclara quiénes están obligados a declarar, cómo se distribuyen los plazos según el último dígito del NIT y cuáles son las fechas límite para presentación y pago en el segundo semestre del año.
La modificación aplica a contribuyentes responsables del impuesto sobre la renta y complementarios —personas naturales, sucesiones ilíquidas, patrimonios autónomos y sociedades— y ordena el calendario por terminación del NIT. La DIAN atribuye el cambio a la necesidad de ajustar plazos operativos y fiscales para facilitar trámites electrónicos y evitar congestión en los últimos días del vencimiento.
Quiénes deben presentar la declaración de renta
Según el comunicado oficial de la DIAN, están obligados a presentar declaración de renta en el periodo indicado:
- Personas naturales residentes que cumplieron en el año gravable con los topes de ingresos, patrimonio o consumos definidos por la DIAN.
- Personas jurídicas y sociedades constituidas en Colombia o con domicilio fiscal en el país.
- Sucesiones ilíquidas y patrimonios autónomos cuando la normativa fiscal los califica como contribuyentes.
- Contribuyentes que deban presentar declaración por el impuesto complementario o por retenciones en la fuente que requieren conciliación.
La DIAN recuerda que el cumplimiento depende de condiciones objetivas (ingresos, patrimonio bruto, consumos con tarjetas, transacciones en depósitos o compras con tarjetas) que el contribuyente debe revisar en la normativa y sus circulares. La obligación no se determina por profesión o actividad sino por los umbrales vigentes para el año gravable correspondiente.
Plazos clave anunciados por terminación de NIT
La entidad distribuyó los vencimientos en franjas según el último dígito del NIT (sin incluir el dígito de verificación). A continuación, la tabla con las fechas publicadas por la DIAN para la presentación y pago de declaración de renta:
| Último dígito del NIT | Fecha de presentación | Fecha de pago |
|---|---|---|
| 0 y 1 | 20 de agosto de 2026 (viernes) | 20 de agosto de 2026 (viernes) |
| 2 y 3 | 27 de agosto de 2026 (viernes) | 27 de agosto de 2026 (viernes) |
| 4 y 5 | 3 de septiembre de 2026 (viernes) | 3 de septiembre de 2026 (viernes) |
| 6 y 7 | 10 de septiembre de 2026 (viernes) | 10 de septiembre de 2026 (viernes) |
| 8 y 9 | 17 de septiembre de 2026 (viernes) | 17 de septiembre de 2026 (viernes) |
La DIAN aclaró que estas fechas son las vigentes para la presentación por medios electrónicos y para el pago vía subcuenta o entidades autorizadas. En el comunicado la entidad advierte que los vencimientos pueden diferir para declaraciones de determinadas modalidades (régimen simple, declaraciones extemporáneas y solicitudes con reserva de información), en cuyo caso se aplican reglas específicas publicadas en la misma resolución o circular.
Cómo saber si debe declarar y ejemplos prácticos
La obligación de presentar declaración de renta depende de varios criterios acumulativos: ingresos brutos del año gravable, patrimonio bruto al cierre del año, consumos con tarjetas y depósitos o consignaciones bancarias. La DIAN recordó los umbrales aplicables para el año gravable (según la normativa actual) y recomendó a los contribuyentes revisar su condición con anticipación para evitar sanciones por presentación extemporánea.
Ejemplos prácticos incluidos en el comunicado ayudan a identificar obligaciones:
- Una persona natural con ingresos laborales altos que superó el tope de ingresos anuales deberá presentar declaración aunque no tenga patrimonio superior al umbral.
- Una sociedad con ingresos inferiores pero con patrimonio alto también puede estar obligada a declarar si supera el umbral patrimonial.
- Quien recibió ingresos ocasionales sujetos a retención y no alcanzó los topes debe revisar la norma específica para determinar si está exento.
La DIAN puso a disposición simuladores y guías en su portal para que los contribuyentes verifiquen su obligación antes del vencimiento. Las herramientas facilitan calcular si se exceden los umbrales y estimar el impuesto a cargo.
Qué hacer si no puede pagar en la fecha de vencimiento
El organismo fiscal recordó las alternativas para contribuyentes que no pueden pagar el impuesto en la fecha de vencimiento: fraccionamientos, acuerdos de pago y virtualización de cobros. Las condiciones, costos financieros y requisitos para acceder a un acuerdo de pago están regulados y requieren trámite en la plataforma de la DIAN o en la oficina virtual de la entidad.
Requisitos habituales para solicitar fraccionamiento incluyen estar al día con las obligaciones formales previas, presentar la declaración correspondiente y aportar información patrimonial y de liquidez. La DIAN aclaró que solicitar un acuerdo no suspende automáticamente sanciones por presentación extemporánea; por ello es recomendable regularizar la presentación y gestionar el pago cuanto antes.
Consecuencias de no presentar o presentar extemporáneo
No presentar la declaración de renta en la fecha indicada por la DIAN puede generar sanciones administrativas, intereses de mora y la obligación de atender procesos de fiscalización. Las sanciones se calculan sobre la base del impuesto autoliquidado o de una estimación fiscal cuando la DIAN realiza la liquidación de oficio.
Además, la falta de presentación puede afectar la posibilidad de tramitar beneficios tributarios y generar reportes que complican procesos ante otras entidades públicas o financieras. Por eso la entidad enfatiza la importancia de presentar la declaración aunque el contribuyente tenga dificultades de pago y luego gestionar un acuerdo de pago formal.
Dónde consultar el cronograma, enlaces oficiales y recursos útiles
La DIAN publicó el calendario y los anexos en su página web y a través de sus canales oficiales. Para confirmar fechas y requisitos es imprescindible consultar el comunicado original, la resolución o la instrucción inmediata que acompañe el cronograma. La entidad publicó además guías paso a paso y orientadas a públicos naturales y jurídicos.
Para más contexto sobre fechas oficiales y otros feriados o plazos nacionales puede consultar el calendario 2026 de Colombia en nuestro portal:
Si su declaración corresponde a un ejercicio que cruza al siguiente año, o si quiere planificar obligaciones del siguiente período fiscal, también podrá consultar el calendario 2027 para anticipar vencimientos y festivos que afectan días hábiles.
Enlaces de interés citados por la DIAN
- Página oficial de la DIAN: comunicados y resolución con el calendario.
- Simuladores y herramientas de verificación de obligación en la oficina virtual.
- Instructivos para trámite de acuerdos de pago y fraccionamientos.
La DIAN recomendó a los contribuyentes evitar acudir a gestores no autorizados y a verificar trámites únicamente en plataformas oficiales. Ante dudas concretas sobre la obligación de declarar o la forma de cálculo del impuesto, la entidad sugiere solicitar asesoría profesional o usar los canales de atención habilitados.
Recomendaciones prácticas para preparar la declaración antes del vencimiento
Con base en la experiencia de ciclos anteriores y en las recomendaciones del organismo fiscal, estas son acciones recomendadas para completar la declaración sin contratiempos:
- Revisar con antelación los umbrales aplicables a su caso y usar el simulador de la DIAN para confirmar la obligación.
- Reunir documentación soporte: certificados de ingresos y retenciones, extractos bancarios, estados de patrimonio y comprobantes de deducciones aplicables.
- Verificar los datos de la clave catastral y la información registral de sociedades para evitar inconsistencias que retrasen la presentación.
- Si necesita ayuda, buscar asesoría de contador público registrado y planificar tiempos para la revisión antes de la fecha de vencimiento asignada por el NIT.
Prepararse con tiempo reduce el riesgo de errores que generen requerimientos de la DIAN y sanciones. Asimismo, quienes presentan en los primeros vencimientos suelen evitar congestión en la plataforma y problemas con pagos electrónicos en los días finales del calendario.
Impacto en empresas y recomendaciones para departamentos contables
Para las empresas, la fijación de fechas por parte de la DIAN exige coordinar cierre contable, conciliaciones y revisión de reportes que alimentan la declaración. Los departamentos financieros deben ajustar calendarios internos para cumplir conforme a la terminación de NIT y planear la carga de trabajo para evitar concentraciones en un día específico.
Las empresas que manejan nómina, retenciones y declaraciones de terceros deben revisar los plazos para la conciliación y la remisión de soportes a proveedores y empleados. Organizar entregas internas (certificados de ingresos y retenciones) con antelación ayuda a garantizar que los obligados dispongan de la información necesaria para cumplir en la fecha asignada.
La DIAN hizo hincapié en la presentación por medios electrónicos como vía preferente y recordó que las oficinas virtuales y los bancos autorizados ofrecen canales seguros para el pago. Ante cualquier cambio adicional la entidad comunicará oportunamente nuevas resoluciones o circulares.
Nota: las fechas y criterios citados en esta nota se dan conforme al comunicado publicado por la DIAN el 21 de julio de 2026; los contribuyentes deben verificar siempre la resolución completa en los canales oficiales de la entidad antes de proceder con la presentación o el pago.
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