Publicado: 30/04/2026 16:02

Reforma pensional en Colombia : nuevos requisitos de jubilación y cambios para cotizantes en fondos privados

Reforma pensional en Colombia : nuevos requisitos de jubilación y cambios para cotizantes en fondos privados

A medida que avanza el primer semestre de 2026, la implementación de la reforma pensional en Colombia, bajo la Ley 2381 de 2024, ha alcanzado un punto de maduración que exige a los trabajadores una comprensión profunda de las nuevas reglas de juego. El sistema, que transitó de un modelo de competencia entre regímenes a uno de pilares complementarios, redefine la manera en que millones de colombianos aseguran su futuro económico. Con la entrada en vigencia plena de los mecanismos de recaudo y distribución, los cotizantes deben prestar especial atención a los umbrales de cotización y a la administración de sus ahorros en el componente de ahorro individual.

Este nuevo esquema busca unificar el Sistema General de Pensiones para corregir inequidades históricas y ampliar la cobertura. Sin embargo, la transición ha generado dudas persistentes sobre el destino de los aportes realizados en los fondos privados (AFP) y el papel protagónico que ahora desempeña Colpensiones. En este contexto, es fundamental desglosar cómo operan los cuatro pilares y qué impacto real tienen en el bolsillo de los trabajadores activos y en la proyección de quienes están a pocos años de cumplir la edad de jubilación.

El sistema de pilares: ¿Cómo se distribuyen sus aportes a partir de ahora?

El corazón de la reforma es el sistema de pilares, que elimina la elección excluyente entre el Régimen de Prima Media (Colpensiones) y el Régimen de Ahorro Individual (Fondos Privados). Ahora, ambos sistemas trabajan de forma conjunta. El Pilar Contributivo es el que afecta a la mayoría de los trabajadores formales. Bajo esta estructura, todos los cotizantes que ganan hasta 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) deben aportar obligatoriamente a Colpensiones. Aquellos cuyos ingresos superen este umbral, cotizarán el excedente en el fondo privado de su elección.

Esta distribución implica que la pensión final será una combinación de dos componentes: una renta vitalicia proveniente del régimen público y un beneficio derivado del ahorro individual acumulado. Es vital que los trabajadores verifiquen mensualmente que sus aportes se estén direccionando correctamente según su nivel salarial. Para mantenerse informado sobre otros cambios normativos que impactan la economía familiar, puede consultar las noticias de actualidad en Colombia, donde se detallan ajustes en materia laboral y tributaria.

Requisitos de semanas y edad: Lo que deben saber quienes están cerca de pensionarse

A pesar de los cambios estructurales, la edad de jubilación se mantiene en 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres. No obstante, el requisito de semanas de cotización presenta una variación significativa para las mujeres, cumpliendo con lo ordenado por la Corte Constitucional. Para este año 2026, el número de semanas exigidas para las mujeres ha iniciado su descenso gradual desde las 1.300 originales, reduciéndose en 25 semanas cada año hasta llegar a las 1.000 semanas en el año 2036. Para los hombres, el requisito permanece en 1.300 semanas.

Es importante destacar que el Pilar Semicontributivo ofrece una alternativa para quienes, habiendo cumplido la edad, no alcanzaron a completar las semanas mínimas pero tienen más de 300 semanas cotizadas. En estos casos, el sistema permite acceder a un beneficio económico vitalicio calculado con base en sus ahorros y un subsidio estatal, evitando que el ciudadano se quede sin ningún tipo de protección en la vejez. Este mecanismo es una de las grandes apuestas para reducir la desprotección en la población adulta mayor.

El futuro de los fondos privados y el papel de Colpensiones en el nuevo modelo

Con la reforma, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) han transformado su modelo de negocio. Ya no compiten por la totalidad del aporte de los trabajadores de ingresos medios y bajos, sino que se especializan en la gestión del ahorro excedente y en el Pilar de Ahorro Voluntario. Para los cotizantes que ganan más de 2.3 SMMLV, la elección de una AFP sigue siendo una decisión financiera estratégica, ya que la rentabilidad de ese componente adicional determinará el monto final de su mesada pensional por encima del tope básico.

Por su parte, Colpensiones ha tenido que fortalecer su infraestructura tecnológica y operativa para recibir a millones de nuevos afiliados que anteriormente estaban exclusivamente en el régimen privado. La entidad ahora administra el fondo común del cual saldrán las pensiones básicas de todos los colombianos. Este cambio se complementa con otras medidas de protección social, como la reforma laboral 2026, que busca mejorar las condiciones de contratación y, por ende, la estabilidad de los aportes al sistema de seguridad social.

Régimen de transición: ¿Quiénes mantienen las condiciones anteriores?

Uno de los puntos que más tranquilidad ha brindado a un sector de la población es el régimen de transición. La ley estipuló que las personas que ya contaban con un número considerable de semanas cotizadas al momento de la entrada en vigencia de la reforma no se verían afectadas por el nuevo sistema de pilares. Específicamente, las mujeres con 750 semanas o más y los hombres con 900 semanas o más mantienen las condiciones de la Ley 100 de 1993.

Para este grupo, la posibilidad de elegir entre Colpensiones y un fondo privado (y realizar el traslado si así lo desean, cumpliendo los requisitos de ley) sigue vigente. Es fundamental que quienes se encuentran en este rango soliciten una doble asesoría para determinar qué régimen les conviene más antes de cumplir la edad de jubilación, ya que una decisión informada puede representar una diferencia sustancial en el monto de la pensión mensual.

Impacto en los trabajadores independientes y cotizantes por prestación de servicios

Los trabajadores independientes también enfrentan ajustes en la forma de reportar sus ingresos y realizar sus aportes. La base de cotización sigue siendo el 40% del valor mensual del contrato (sin que sea inferior a un salario mínimo), pero ahora deben estar alineados con el sistema de pilares. Para quienes tienen múltiples contratos, la suma de sus ingresos determinará si sus aportes van exclusivamente a Colpensiones o si deben repartirse con una AFP.

El sistema busca incentivar la formalidad de estos trabajadores a través del Pilar Solidario, que garantiza una renta básica para aquellos ciudadanos mayores de 65 años que se encuentran en condición de pobreza extrema o vulnerabilidad y que nunca lograron cotizar. Aunque este pilar no es una pensión propiamente dicha, funciona como una red de seguridad financiada por el Estado y por los aportes de los cotizantes de mayores ingresos a través del Fondo de Solidaridad Pensional.

Recomendaciones para consultar su historial laboral y proyectar su mesada

Ante la complejidad del nuevo panorama, la recomendación principal para todos los trabajadores en 2026 es realizar una revisión semestral de su historia laboral. Errores en el reporte de semanas o inconsistencias en los montos cotizados pueden retrasar el trámite de jubilación en el futuro. Tanto Colpensiones como las AFP han habilitado portales digitales robustos donde se puede descargar el reporte detallado de aportes.

Además, es aconsejable utilizar los simuladores de pensión actualizados que incorporan el cálculo de los pilares. Estos permiten proyectar cuánto recibirá el trabajador sumando el componente de prima media y el de ahorro individual. Mantenerse al tanto de las novedades económicas y legislativas es clave para una planeación financiera exitosa. La estabilidad del sistema pensional depende tanto de las políticas públicas como del compromiso de los ciudadanos con su propio ahorro y la vigilancia activa de sus derechos prestacionales.

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